A raíz de la pandemia por COVID-19, se tomaron diferentes medidas que llegaron para quedarse, procurando la protección del empleo y la no propagación del virus. El Ministerio de Trabajo autorizó el teletrabajo para trabajadores del sector privado y servidores públicos, haciendo énfasis la Ley 1221 de 2008, la cual brinda alternativas para que los empleadores continúen con su actividad económica sin ningún contratiempo.

¿Qué es el Teletrabajo?

Es una forma de organización laboral, que consiste en el desempeño de actividades remuneradas o prestación de servicios a terceros utilizando como soporte las tecnologías de la información y la comunicación. Se debe referenciar, además, que el salario del teletrabajador no puede ser inferior al que se pague por la ejecución de la misma labor en la empresa (art. 2, Ley 1221 de 2008).

Ahora bien, asumir el teletrabajo implica para el trabajador mayor responsabilidad, compromiso y disciplina en las diferentes actividades laborales que desempeña. Así mismo tendrá derecho a todas las garantías laborales que tiene un trabajador presencial, incluyendo la desconexión laboral.

¿Cuáles son las modalidades de teletrabajo?

Autónomo: Modalidad en la que el trabajador utiliza su propio domicilio o un lugar en específico para desarrollar su actividad profesional.

Móvil: Es aquella labor que independientemente del lugar en el que se encuentre el trabajador, se debe desarrollar haciendo uso de las tecnologías de la información y de la comunicación.

Suplementario: Teniendo en cuenta que la vida económica y laboral se ha ido retomando paulatinamente los trabajadores pueden cumplir su labor con alternancia, es decir cumplir unos días de la semana de trabajo desde casa y otros días en la empresa, acatando los protocolos para el cuidado de la salud de cada uno de los integrantes de la misma.

¿Qué se debe hacer para implementar el teletrabajo?

El empleador tiene la oportunidad de solicitar ante el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones – MinTIC una asesoría de implementación del teletrabajo, allí se aconsejará sobre los cinco (5) pasos que se deben llevar a cabo para adoptar esta modalidad.

  1. Compromiso institucional.
  2. Planeación.
  3. Autoevaluación.
  4. Adopción.
  5. Implementación.

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